Esto implica que un grupo de trabajadores de Cnel, que se beneficiaron de derechos colectivos para los que no eran elegibles mediante un contrato colectivo, deberá devolver un valor de USD 79 millones al Estado.
En la sentencia, interpuesta por la jueza Karla Andrade, se dispuso que el Ministerio de Energía como ente regulador de las empresas en materia de electricidad, será el encargado de definir el número de trabajadores y los valores exactos que deberán devolver cada uno de ellos tras este fallo.
La sentencia dispuso que se ejecute el proceso administrativo de pago de forma inmediata, pero que se podrá realizar convenios de pagos con los beneficiarios como la devolución de los valores adeudados de forma mensual y a 36 meses plazo, como máximo.
Este lunes 17 de febrero se conoció que la Corte Constitucional (CC) dio paso a una acción extraordinaria interpuesta por la Corporación Nacional de Electricidad (CNEL).
Fuente: el telégrafo